La Federación Internacional de Automovilismo aportó detalles sobre la definición de “declaraciones políticas, religiosas y personales”, presente en el artículo 12.2.1.n. , difundido en diciembre pasado.
La Federación Internacional del Automóvil publicó una nota, este viernes (17), para aclarar el controvertido artículo 12.2.1.n. del Código Deportivo Internacional, que prohíbe las “declaraciones políticas, religiosas y personales” sin la aprobación previa de la entidad. A fines del año pasado, el organismo publicó una versión actualizada de la regla , lo que generó reacciones negativas de importantes figuras de la comunidad del automovilismo. Ahora bien, la FIA ha explicado que se trata de una orientación al ‘Principio de Neutralidad‘ del propio reglamento.
Al detallar el texto, el comunicado destacó cómo se aplicará la norma, cuáles son las situaciones prohibidas y cómo será el proceso de aprobación de manifestaciones. En cuanto a las sanciones previstas, la FIA no aportó ejemplos claros, alegando únicamente que las posibles sanciones serán juzgadas por comisarios y que pueden incluir multas, amonestaciones, pérdida de posición en parrilla, suspensión e incluso exclusión de la categoría.
“Los participantes de las Competencias Internacionales son parte de una comunidad global con diferentes visiones, estilos de vida y valores”, dice la nota. “Para garantizar que se respete esta diversidad, es fundamental que el automovilismo permanezca neutral y, por lo tanto, separado y libre de interferencias políticas, religiosas o personales”.
En términos generales, la FIA aclaró que los pilotos pueden expresar sus opiniones “fuera del ámbito de las competencias internacionales” en las redes sociales, entrevistas con prensa acreditada y durante las ruedas de prensa que celebre la FIA. Sin embargo, es importante resaltar que, en este último evento, el dictamen sólo debe emitirse en base a preguntas directas formuladas por periodistas acreditados.
Por otro lado, los conductores tienen prohibido expresar su opinión en actividades en la pista o áreas equivalentes, como durante el desfile de conductores y el himno nacional. Dicha acción tampoco está permitida durante los procedimientos previos a la carrera, como fotos grupales de los corredores al comienzo de la temporada, y posteriores a la carrera, incluido el podio y la sala en la que permanecen los tres primeros clasificados antes de la ceremonia.
Otros dos puntos controvertidos, que han generado muchas dudas, se refieren a la definición de declaraciones personales y políticas. Aún según la FIA, las declaraciones personales no son más que “cualquier circunstancia personal del participante”. En este sentido, “Los competidores no deben utilizar los eventos como plataforma para compartir manifestaciones personales de ningún tipo que vulneren el principio general de neutralidad”.
A su vez, las declaraciones políticas se refieren a “vínculos con partidos o personas políticas, gobiernos y movimientos locales, regionales, nacionales o internacionales”.
Otra controversia del artículo 12.2.1.n. se refiere a la desaprobación de las declaraciones religiosas de los pilotos. Según la FIA, los conductores tienen prohibido “cualquier crítica o acto hostil hacia las creencias religiosas o espirituales de otras personas”.
Este escenario, sin embargo, no impide la manifestación de sus creencias, así como “gestos religiosos privados y sin proselitismo, como señalar el cielo o hacer la señal de la cruz”. La ropa y los ornamentos religiosos tampoco son objetivos de veto.
La entidad informó que las solicitudes de aprobación deben ser enviadas por escrito, cuatro semanas antes del evento. Los documentos se revisarán “caso por caso” y, si se otorga el permiso, se limitarán a los días de la carrera en cuestión.